
La Justicia Federal de Neuquén resolvió suspender de manera inmediata el proceso electoral de la Cooperativa CALF, previsto para el próximo 28 de diciembre, en el marco de un conflicto judicial que combina nulidades estatutarias, apelaciones con efecto suspensivo y un delicado análisis del interés público comprometido.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Federal N.º 1, mediante una medida cautelar interina, mientras se aguarda un informe técnico del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), requerido conforme a lo establecido por la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado.
Qué resolvió concretamente la jueza. El fallo no se pronuncia aún sobre la cautelar “de fondo”. En esta etapa, el tribunal ordenó al INAES que, en un plazo de tres días, emita un informe sobre el interés público involucrado en la suspensión del proceso electoral.
Además, dispuso una medida cautelar interina que obliga a CALF a suspender todos los actos preparatorios, instrumentales y ejecutorios vinculados a la elección de delegados. Exigió al actor la prestación de caución juratoria, como garantía mínima por los eventuales efectos de la medida.
La jueza fundamentó la urgencia en la existencia de “circunstancias graves y objetivamente impostergables”, criterio habilitante para este tipo de decisiones provisorias.
El eje del litigio está en la validez del estatuto social de CALF. El pasado 2 de diciembre, el juzgado había dictado sentencia de amparo declarando la nulidad de una resolución del INAES que aprobó una reforma estatutaria con un texto distinto al aprobado por el órgano competente de la cooperativa.
Sin embargo, tanto CALF como el INAES apelaron esa sentencia, y el tribunal concedió los recursos “en relación y en ambos efectos”, lo que implica que la sentencia no quedó firme y que el acto administrativo cuestionado mantiene, provisoriamente, su presunción de legitimidad.
Ese dato es clave: mientras la Cámara Federal no se pronuncie, el estatuto cuestionado sigue formalmente vigente, aunque bajo fuerte controversia judicial.
El juzgado entendió que permitir elecciones bajo un estatuto que podría quedar definitivamente anulado generaría un escenario de nulidades en cascada, afectando la legitimidad de los delegados electos y las decisiones posteriores de la asamblea.
La resolución subraya además la dimensión social de CALF, que cuenta con aproximadamente 110.000 asociados y presta servicios esenciales como energía eléctrica, conectividad e incluso servicios sociales, lo que amplifica el potencial daño institucional.


